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Coronavirus: cuestiones básicas para las empresas

La situación que plantea el coronavirus para las empresas españolas no tiene precedentes y, por ende, las medidas a tomar tampoco. Al margen de medidas en el propio lugar de trabajo, se debe optar siempre que sea posible por el teletrabajo.

En aquello puestos en los que no se pueda, hay que transmitir de manera adecuada la información del  Ministerio de Sanidad del Gobierno de España. Este ha facilitado un documento con toda la información pertinente, el cual se puede consultar en este enlace.  Además, si se quiere hacer un seguimiento de datos actualizado sobre la epidemia, el Gobierno ha habilitado un espacio web al que se puede acceder a traves de este link. 

A continuación, os resumimos los puntos más importantes del documento del Ministerio de Sanidad del Gobierno de España mencionado anteriormente.

Cuestiones generales

Los periodos de aislamiento preventivo a que se vean sometidos los trabajadores como consecuencia del virus COVID-19, serán considerados como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común.

Dado que el contacto con el virus puede afectar a entornos sanitarios y no sanitarios, corresponde a las empresas evaluar el riesgo de exposición y seguir las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención.

Se limitará el número de personas y el tiempo de exposición al mínimo posible y se establecerá un listado de trabajadores expuestos y el tipo de trabajo efectuado.

Los trabajadores tendrán a su disposición las instrucciones escritas en el lugar de trabajo ante posibles accidentes/exposiciones y, si procede, se colocarán avisos que contengan, como mínimo, el procedimiento que habrá de seguirse ante un accidente.

lavar las manos higiene tork mujer lavandose las manos

Premisas del virus

El periodo de incubación puede variar de 2 a 14 días. De persona a persona se transmite por vía respiratoria a través de las gotas respiratorias de más de 5 micras, cuando el enfermo presenta sintomatología respiratoria (tos y estornudos) y contacto con fómites. No hay evidencias de que se pueda transmitir desde personas infectadas asintomáticas.

Es imprescindible reforzar las medidas de higiene personal en todos los ámbitos de trabajo y frente a cualquier escenario de exposición. Lavarse las manos es la principal medida de prevención. Evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca. Además, si se tienen síntomas respiratorios debe cubrirse la boca y nariz al toser o estornudar con un pañuelo desechable y tirarlo en un contenedor de basura. Si no se tiene pañuelo de papel debe toser o estornudar sobre su brazo.

Las medidas de aislamiento del caso en investigación constituyen la primera barrera de protección tanto del trabajador como de las restantes personas susceptibles de contacto con el caso.

¿Qué se entiende por exposición de riesgo?

Exposición de riesgo: aquellas situaciones laborales en las que se puede producir un contacto estrecho con un caso confirmado de infección por el SARS-CoV-2 sintomático.

Exposición de bajo riesgo: aquellas situaciones laborales en las que la relación que se pueda tener con un caso probable o confirmado no incluye contacto estrecho.

Baja probabilidad de exposición: trabajadores que no tienen atención directa al público o, si la tienen, se produce a más de dos metros de distancia, o disponen de medidas de protección colectiva que evitan el contacto (mampara de cristal, separación de cabina de ambulancia, etc.).

Recordamos que si algún punto no queda expresamente claro o se quiere un información detallada, el documento es de libre acceso (pulsa aquí para descargarlo).

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La situación que plantea el coronavirus para las empresas españolas no tiene precedentes y, por ende, las medidas a tomar tampoco. Al margen de medidas en el propio lugar de trabajo, se debe optar siempre que sea posible por el teletrabajo.

En aquello puestos en los que no se pueda, hay que transmitir de manera adecuada la información del  Ministerio de Sanidad del Gobierno de España. Este ha facilitado un documento con toda la información pertinente, el cual se puede consultar en este enlace.  Además, si se quiere hacer un seguimiento de datos actualizado sobre la epidemia, el Gobierno ha habilitado un espacio web al que se puede acceder a traves de este link. 

A continuación, os resumimos los puntos más importantes del documento del Ministerio de Sanidad del Gobierno de España mencionado anteriormente.

Cuestiones generales

Los periodos de aislamiento preventivo a que se vean sometidos los trabajadores como consecuencia del virus COVID-19, serán considerados como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común.

Dado que el contacto con el virus puede afectar a entornos sanitarios y no sanitarios, corresponde a las empresas evaluar el riesgo de exposición y seguir las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención.

Se limitará el número de personas y el tiempo de exposición al mínimo posible y se establecerá un listado de trabajadores expuestos y el tipo de trabajo efectuado.

Los trabajadores tendrán a su disposición las instrucciones escritas en el lugar de trabajo ante posibles accidentes/exposiciones y, si procede, se colocarán avisos que contengan, como mínimo, el procedimiento que habrá de seguirse ante un accidente.

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Premisas del virus

El periodo de incubación puede variar de 2 a 14 días. De persona a persona se transmite por vía respiratoria a través de las gotas respiratorias de más de 5 micras, cuando el enfermo presenta sintomatología respiratoria (tos y estornudos) y contacto con fómites. No hay evidencias de que se pueda transmitir desde personas infectadas asintomáticas.

Es imprescindible reforzar las medidas de higiene personal en todos los ámbitos de trabajo y frente a cualquier escenario de exposición. Lavarse las manos es la principal medida de prevención. Evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca. Además, si se tienen síntomas respiratorios debe cubrirse la boca y nariz al toser o estornudar con un pañuelo desechable y tirarlo en un contenedor de basura. Si no se tiene pañuelo de papel debe toser o estornudar sobre su brazo.

Las medidas de aislamiento del caso en investigación constituyen la primera barrera de protección tanto del trabajador como de las restantes personas susceptibles de contacto con el caso.

¿Qué se entiende por exposición de riesgo?

Exposición de riesgo: aquellas situaciones laborales en las que se puede producir un contacto estrecho con un caso confirmado de infección por el SARS-CoV-2 sintomático.

Exposición de bajo riesgo: aquellas situaciones laborales en las que la relación que se pueda tener con un caso probable o confirmado no incluye contacto estrecho.

Baja probabilidad de exposición: trabajadores que no tienen atención directa al público o, si la tienen, se produce a más de dos metros de distancia, o disponen de medidas de protección colectiva que evitan el contacto (mampara de cristal, separación de cabina de ambulancia, etc.).

Recordamos que si algún punto no queda expresamente claro o se quiere un información detallada, el documento es de libre acceso (pulsa aquí para descargarlo).

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